BASES LEGALES Y CONDICIONES DE ADHESIÓN Y VENTA PROGRAMA BUYBONO
La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta y la Ciudad Autónoma de Ceuta ponen en marcha el Programa BONO MONEDERO para reactivar la economía de Ceuta, con el objetivo de ayudar tanto a empresas como a ciudadanos incentivando el consumo local.
TIPO DE BONO MONEDERO
Se trata de un bono monedero recargable bonificado en un 25% por lo que el cliente, por cada 10 euros pagará 7,5 euros, hasta un límite solicitado de 300 euros por el que pagará hasta 225 euros. La emisión de bonos monedero es limitada en función de los recursos disponibles. En esta edición, la Ciudad Autónoma de Ceuta aporta de sus recursos, para la consumición de bonos, 110.437,50 euros que permitirán un consumo de 441.750 euros en la Ciudad.
ESTABLECIMIENTOS QUE PARTICIPAN EN ESTA ACCIÓN
Establecimientos de comercio que desarrollen una actividad empresarial encuadrada en los siguientes epígrafes del IAE:
644.1, 644.3, 645, 646.1, 646.8, 647.1, 651.1, 651.2, 651.3, 651.4, 651.5, 651.6, 651.7, 652.1, 652.2, 652.3, 652.4, 653.1. 653.2, 653.3, 653.5, 653.6, 653.9, 654.1, 654.2, 656, 657, 659.1, 659.2, 659.3, 659.4, 659.5, 659.6, 659.7, 659.9, 662.2
Igualmente, los establecimientos declaran que desarrollan una actividad encuadrada dentro de los epígrafes de actividad aceptados en esta Campaña y que se encuentran a su disposición en la página web del programa https://bonos-consumo.camaradeceuta.es/, que la actividad la desarrolla una persona física, microempresa o pequeña empresa, que subirá a la plataforma de canjeo una imagen de la factura o ticket de compra durante el proceso de canjeo, que está dado de alta en el IAE para 2025 y que cumple los requisitos para participar en el programa y de acuerdo con las bases reguladoras. Cualquier establecimiento que no cumpla estos condicionantes podrá ser expulsado del Programa y se podrá reclamar, por parte de Cámara, los cheques canjeados y abonados.
REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES PARA ESTABLECIMINETOS
- Durante el proceso de canjeo se solicitará al establecimiento el ID de factura o ticket y la foto de la factura o ticket de compra que deberá estar correctamente cumplimentada y subida a la aplicación o a la web.
- Para canjear el bono monedero es imprescindible que el solicitante presente en el establecimiento su DNI de forma física, ya que será la manera de que el establecimiento compruebe su veracidad. En caso de no hacerlo, el establecimiento se negará a canjear el bono monedero. Y si lo admitiera sin comprobar el DNI, el establecimiento será el responsable en caso de una demanda de usurpación de la identidad, perdiendo los derechos de cobrar ese bono monedero y cualquier otra responsabilidad que este hecho produjera.
- El bono monedero será canjeable cuantas veces sea recargado hasta un límite de 300€ por bono monedero. No se devolverá dinero en efectivo. Si el total de la compra es superior al importe del bono monedero, deberá abonarla el cliente.
- La utilización de estos bonos monedero será compatible con cualquier tipo de descuento, oferta o rebaja disponible en el establecimiento para el producto que se desea adquirir. Cualquier establecimiento que no cumpla este condicionante podrá ser expulsado del Programa.
- Se podrán acumular los bonos de varias personas para poder canjear en una sola compra, siempre que presenten el DNI/NIE, hasta un máximo de 900€.
- El plazo para canjear el bono monedero comenzará el día 11 de junio de 2025 y finalizará el 30 de junio de 2025. Una vez vencido dicho plazo, el bono monedero no podrá ser canjeado.
DATOS SOLICITADOS PARA EL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS
Los establecimientos que deseen participar en el programa tendrán que inscribirse en un formulario habilitado, en el que detallarán los siguientes datos:
- Correo electrónico.
- Contraseña.
- Nombre y apellido.
- Teléfono de contacto.
- País.
- Nombre del establecimiento.
- Razón social.
- Sector al que pertenece el establecimiento.
- Epígrafe.
- Logotipo del establecimiento (Opcional).
- Dirección del negocio.
- Código postal.
- Ficha IAE de la empresa.
- Declaraciones:
Declaro que la actividad es desarrollada por persona física o jurídica considerada microempresa o pequeña empresa
Declaro que la actividad que desarrolla se encuadra dentro de los epígrafes susceptibles de participar en la campaña
Declaro que conoce y acepta que la participación en la campaña obliga a justificar cualquier canjeo realizado desde el perfil de establecimiento adherido, adjuntando al proceso de canjeo una factura o ticket justificativo de venta
Declaro que la empresa se encuentra de alta en el IAE, en alguna de las actividades encuadradas permitidas en la campaña.
Declaro que la empresa conoce y está de acuerdo con las bases reguladoras de la actuación, así como en lo referente a las condiciones de la adhesión a la misma.
Declaro que la empresa autoriza a la Ciudad Autónoma de Ceuta para solicitar de la AEAT, TGSS y/o OASTCE los documentos necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos a las empresas adheridas.
El tratamiento de estos datos será con la finalidad de gestionar adecuadamente la compra y venta del bono monedero, identificando tanto los establecimientos adheridos como a los ciudadanos que desean adquirir estos.
PROCESO DE CANJEO PARA ESTABLECIMIENTOS
Para el canjeo de los bonos los establecimientos tendrán dos formas de proceder al canjeo.
A través de la aplicación móvil "BUYBONO" el establecimiento adherido debe acceder al apartado "Área Establecimientos", seguidamente deberá acceder con el correo electrónico y la contraseña descrita en el proceso de registro. Una vez dentro del perfil se seguirán los siguientes pasos para proceder al canjeo:
- Introducir el DNI del consumidor del bono. Con este procedimiento se podrá realizar un seguimiento del proceso de canjeo, vinculando la compra a la persona adquiriente y a la empresa adherida.
- Una vez indicado el DNI deberá escanear el Código QR o introducir el código alfanumérico.
- Posteriormente añadir el ID del ticket y el precio total de compra.
- Subir la imagen de la factura o ticket de compra a la plataforma.
- Y finalmente pulsar sobre el botón canjear para que todo el proceso anterior se efectúe correctamente.
La otra manera de canjear bonos se realizará a través de la página web, accediendo el establecimiento a su área privada y accediendo al apartado "Canjear bonos". EL proceso será parecido, deberá introducir el DNI del consumidor del bono, el código alfanumérico, el ID del ticket y el precio total de compra, subir la imagen de la factura o ticket y proceder al canjeo.
REQUISITOS PARA CONSUMIDORES
Los bonos al consumo podrán ser adquiridos por las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos al inicio de la campaña y tendrán la consideración de beneficiarios:
- Declaro no incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones ni tener obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo establecido en los art. 13 y 14 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Declaro no tener deudas con la AEAT, TGSS y OASTCE
- Declaro estar informado y acepto que la presentación en este proyecto implica la aceptación de la cesión de los datos personales aportados, que serán incluidos en un fichero automatizado para su tratamiento por para de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta, con la finalidad de gestionar la subvención solicitada en el marco del Programa Buybono comercial Ceuta 2025
- Declaro tener, a fecha de registro, la mayoría de edad para poder acceder al servicio de Buybono comercial Ceuta 2025
- Declaro haber leído, entender y aceptar la política de privacidad, las bases legales, las bases reguladores y las condiciones en la adhesión y venta del programa Buybono comercial Ceuta 2025
- Declaro conocer, entender y aceptar que, una vez finalizada la campaña no podré canjear ni devolver el bono monedero adquirido y no canjeado
- Declaro conocer y asumir las obligaciones inherentes a mi potencial condición de destinatario último
ESPECIFICACIONES PARA CONSUMIDORES
- El bono monedero podrá ser adquirido por cualquier persona que tenga 18 años o más, titular de DNI/NIE .
- El importe del bono monedero estará limitado a 300€ por persona, pudiendo ser canjeado en cualquier establecimiento adherido al Programa.
- Existe limitación en la recarga del bono monedero de hasta 300 euros por persona, ya que el objetivo es poder ayudar a la mayor cantidad de personas posible.
- Los clientes generarán un código QR único, que será el que tendrá que presentar en el establecimiento para su canje. Además, será imprescindible presentar su DNI.
- Una vez adquirido el bono monedero, los consumidores dispondrán hasta el 30 de junio inclusive, para canjear su bono monedero. La pérdida o no canje del Buybono Monedero no dará derecho a su devolución.
- Una misma persona podrá canjear más de un bono monedero en la misma compra o gasto, siempre que presenten el DNI/NIE del titular del bono.
- Con la solicitud y pago del bono monedero el solicitante acepta las presentes bases.
Para cualquier duda, consulta o incidencia se puede contactar con el 956 129 599 o al correo electrónico buybonocomercial@camaradeceuta.es
DATOS SOLICITADOS PARA EL REGISTRO DE CONSUMIDORES
Las personas físicas que deseen participar en el programa como “consumidor” tendrán que inscribirse en un formulario habilitado, en el que detallarán los siguientes datos:
- Contraseña.
- Nombre y apellidos.
- Fecha de nacimiento.
- Teléfono.
- Correo electrónico.
- Dirección.
- Código Postal.
- Declaraciones:
Declaro tener 18 años o más en el momento de inicio de la campaña.
Declaro responsablemente no incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones ni tener obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo establecido en los art. 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Que declare estar informado y aceptar que la presentación en este proyecto implica la aceptación de la cesión de los datos personales aportados, que serán incluidos en un fichero automatizado para su tratamiento por parte de Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta, con la finalidad de gestionar la subvención solicitada en el marco del Programa “BUY BONO COMERCIAL 2025”.
Que declare conocer, entender y aceptar que, una vez finalizada la campaña no podré canjear ni devolver el bono monedero adquirido y no canjeado.
Que declare conocer y aceptar las bases reguladoras del Programa BUY BONOS COMERCIAL 2025”.
El tratamiento de estos datos será con la finalidad de gestionar adecuadamente la compra y venta del bono monedero, identificando tanto los establecimientos adheridos como a los ciudadanos que desean adquirir estos.
PROCESO DE ADQUISICIÓN DEL BONO MONEDERO
El consumidor deberá darse de alta como “consumidor” desde la página web habilitada para ello (https://bonos-consumo.camaradeceuta.es/). Una vez registrado, podrá acceder a su área privada, tanto en la web como en la APP, solicitar tu PIN y recargar la cantidad del monedero que desee hasta un máximo de 300€ por DNI. Una vez recargado, genera tu código QR en la APP con el valor que quieras gastar de tu monedero. Seguidamente asiste a un establecimiento adherido en el Programa y, en el momento del pago, presenta el código QR generado.
PROCEDIMIENTOS DE ABONO Y FORMAS PAGO
Para consumidores, la forma de efectuar el pago por parte de los usuarios se realizará mediante tarjeta a través de pasarela de pago habilitada en la plataforma.
El establecimiento se compromete a comunicar a la mayor brevedad posible al pagador, la Cámara de Comercio de Ceuta, cualquier incidencia en el normal desarrollo de esta iniciativa.
Los importes de bono monedero que hayan sido canjeados serán compensados a los establecimientos adheridos por parte de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta.
PARTICIPACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CAMPAÑA
La participación en la promoción, tanto de los consumidores como de los establecimientos adheridos, supone la aceptación de las presentes bases y del criterio de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta en cuanto a la resolución de cualquier cuestión o incidencia relacionada.
La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta se reserva el derecho a modificar las condiciones de la promoción o sustituirlas por otras de similares características, en el supuesto de existir alguna circunstancia que así lo requiera, y de realizar los cambios o modificaciones sobre estas bases.
La Cámara de Comercio realizará sus mejores esfuerzos para asegurar la disponibilidad, sin interrupciones, del funcionamiento del servicio ofrecido a través del portal web, así como la ausencia de errores en cualquier transmisión de información que pudiera tener lugar. No obstante, y debido a la naturaleza misma del servicio, no es posible garantizar el correcto funcionamiento de las comunicaciones vía internet. Asimismo, el acceso al portal web puede ocasionalmente verse suspendido o restringido a efectos de la realización de trabajos de reparación o mantenimiento, o la introducción de cambios en los productos o servicios. Siempre se procurará limitar la frecuencia y duración de tales suspensiones o restricciones.
La Cámara de Comercio no será responsable de posibles daños y perjuicios por el uso indebido del servicio. Tampoco será responsable de ninguna demora en la prestación del servicio o incumplimiento cuando dicha demora o incumplimiento fuera atribuible a circunstancias ajenas a esta.
Las partes no incurrirán en responsabilidad ante cualquier falta debida a causa mayor. El cumplimiento de la obligación se demorará hasta el cese del caso de fuerza mayor.
SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN
La Ciudad Autónoma de Ceuta y la Cámara de Comercio de Ceuta podrán libremente suspender, bloquear, interrumpir o cancelar el Programa Bonos Consumo en los siguientes casos:
- Para asegurar la seguridad del servicio o canal de acceso.
- Cuando el servicio sea utilizado de forma fraudulenta o abusiva.
- Cuando sea necesario realizar las operaciones de mantenimiento o reparación del servicio ofrecido a través de la web.
- Cuando se produzca un incumplimiento por parte del Usuario.